viernes, 23 de mayo de 2014

Proyecto "Día del Derecho a la comunicación"




PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY


ARTICULO 1: Institúyase el Día 10 de Octubre de cada año en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, como el “Día del Derecho a la comunicación”, en conmemoración a la sanción de la ley de servicios de comunicación audiovisual en el año 2009.


ARTICULO 2: La fecha precedente quedará incorporada al calendario oficial de  conmemoraciones oficiales de la provincia de Buenos Aires, como así también al calendario escolar.

ARTICULO 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.


  
FUNDAMENTOS

            El presente proyecto tiene como objeto la declaración del “Día del derecho a la Comunicación” el cual se celebrá cada año, en toda la provincia de Buenos Aires, el día 10 de octubre, con motivo de conmemorarse la sanción de la ley de servicios de comunicación audiovisual del año 2009.
            La comunicación es un proceso social fundamental, una necesidad humana básica y el fundamento de toda organización social.
            La visión de la comunicación como proceso socio-cultural de producción abierta y permanente de sentido, permite una mirada plural, diversa y flexible. Al decir de Washington Uranga: “La comunicación como práctica social”. Lo que se pone en común: significaciones, saberes, afectos, prácticas y valores para generar una acción conjunta. Es lo que habilita la sociabilidad, el lugar de producción de sentidos, porque es en la comunicación donde se van construyendo significados con los cuales las experiencias adquieren sentido.
            La comunicación no es solamente información, es mucho más que la mera transmisión de mensajes. La comunicación es posible en el reconocimiento y la interacción con el otro, se constituye en los intercambios simbólicos y materiales en donde los seres humanos se reconocen. Se trata de abordar situaciones de comunicación a través de saberes y herramientas metodológicas que nos entrega la comunicación, tales como: análisis de relaciones interpersonales y grupales; análisis de flujos de información; lectura crítica de mensajes: análisis y planificación de medios; investigación de interlocutores y de instituciones; mediaciones y análisis de racionalidades comunicacionales.
            El viernes 10 de octubre del  año 2009 sucedió un acontecimiento de singular importancia para la vida democrática de la sociedad Argentina. Este suceso, también, y en forma muy especial, es constitutivo de la identidad del comunicador social.
            La sanción de una nueva Ley de Servicio de Comunicación Audiovisual,  realizada el día 10 de octubre del corriente año por el Parlamento nacional, es un hecho histórico para el fortalecimiento de la institucionalidad democrática en nuestro país. Legislación que tiene como valores esenciales: el concepto de comunicación como un bien público y social; la vigencia del derecho a la comunicación como fundamental para constituir ciudadanía en el siglo XXI; y un sistema mediático público, social y privado, que se caracterice por su diversidad, pluralidad y calidad.
            La síntesis argumentativa enunciada demuestra la consolidación de un campo de saber, que adquirió una entidad teórico-práctica y epistemológica en el complejo e interrelacionado abanico de las ciencias sociales.
            Señor Presidente, instituir en el calendario oficial el Día del Derecho a la Comunicación, implica un valioso reconocimiento, ya que un 10 de Octubre se comenzó a recorrer en nuestro país el camino de la democratización de los medios de comunicación. 

            Por todo lo hasta aquí expuesto, se solicita a los Señores Legisladores que acompañen con su voto favorable el presente Proyecto de Ley.

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