PROYECTO DE RESOLUCIÓN
La
Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires
RESUELVE
Expresar su adhesión al
"Día Mundial contra el Trabajo Infantil", que se celebra el 12 de
junio de cada año, instituido por la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) en el año 2002.-
FUNDAMENTOS
El presente proyecto
tiene por objeto declarar la adhesión a la celebración del Día Nacional de la
Lucha Contra el Trabajo Infantil el cual, a propuesta de la Organización
internacional del Trabajo (OIT) en el año 2002, se celebra el 12 de junio de
cada año.
La OIT propuso la celebración del Día Mundial de la Lucha contra el
Trabajo Infantil el 12 de junio de 2002 con el objetivo de que toda la
comunidad reflexionara acerca del terrible flagelo que representa la
explotación de niñas, niños y adolescentes en el mundo y promover con acciones,
estrategias y políticas adecuadas la creación de respuestas para
erradicar sus diversas y complejas manifestaciones. En la Argentina, el
Congreso Nacional sancionó en el año 2005 la Ley 26.064 por la cual adhirió a
esta iniciativa de la OIT.
De esta manera nuestro país efectiviza los compromisos internacionales asumidos
a través de la firma de los convenios 182, sobre la Erradicación de las Peores
Formas de Trabajo Infantil y 138 sobre Edad Mínima de Admisión de Empleo, ambos
de la OIT y por ende se compromete a erradicar el trabajo infantil
estableciendo como edad mínima de admisión al empleo la de 14 años.
Contar con un día específico de reflexión en torno a esta problemática es una
oportunidad de reforzar la voluntad política de nuestro gobierno de erradicar
el trabajo infantil y promover el interés de los diferentes actores sociales
(escuelas, universidades, medios de comunicación, ONG, entre otros) en relación
con esta temática, incorporando a las agendas de todo el espectro
institucional, político, social y cultural de la Provincia de Buenos
Aires dicha cuestión.
En nuestro país el trabajo infantil se redujo un 66% entre los años 2004 a
2012. Esto se debe fundamentalmente a los cambios normativos que lo penalizan.
En el año 2008 se sancionó la ley 26.390, por la que se prohíbe el trabajo
infantil y se protege el trabajo adolescente elevándose la edad mínima de
admisión al empleo a 16 años para cualquier tipo de actividad, con o sin
fines de lucro, y prohíbe el trabajo a menores de 18 años en tareas peligrosas,
riesgosas, nocturnas o insalubres; En diciembre de 2011 fue sancionada la Ley
No 26.727 que aprueba el Régimen de Trabajo Agrario, el cual contempla la
prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente; En 2013,
el Senado de la Nación por unanimidad aprobó la Ley No 26.847 de Penalización
del Trabajo Infantil. La norma fue impulsada por la cartera laboral
y agrega el artículo 148 bis al Código Penal. En en el que se establece qué:
Será reprimido con prisión de 1 (uno) a 4 (cuatro) años el que aprovechare
económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas
nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare
un delito más grave. Quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines
pedagógicos o de capacitación exclusivamente. No será punible el padre, madre,
tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta.
Todo esto ha sido posible gracias al modelo de crecimiento con inclusión social
que impulso el Presidente Néstor Kirchner y que nuestra presidente Cristina
Fernández sigue profundizando. Al ampliar los beneficios de la seguridad
social, fortalecer la educación y asegurar un piso mínimo de ingresos a través
de la Asignación Universal por Hijo se explica el aumento del 40% de la
cobertura de niños y adolescentes en todo el país. La combinación de
políticas para reducir el desempleo y promover el trabajo decente redujo el
trabajo infantil alcanzando los niveles más bajos de Latino América.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen con su voto este
proyecto.

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